Se inició o aperturó la audiencia preliminar y se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana GRECIA JOSEFINA SALAZAR ACOSTA, en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandada, identificada ut-supra. En este estado y siendo las diez y cincuenta minutos (10:50 a.m.) horas de la mañana, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante a la presente Audiencia ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.