Alos fines de resolver sobre lo solicitado por la parte el Tribunal observa:
PRIMERO: a) respecto a lo expuesto por el padre, en relación al monto de CUATROCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 440,00) que le fueron descontados de mas; el Tribunal advierte que esta operación fue realizada por la administración de CORPOELEC y que debido a esto y a otras irregularidades fue abierto procedimiento en cuaderno separado donde se acordó la citación de dicha empresa en la persona de la ciudadana: ESMERALDA DI CRISTOFARO, encargada de la GERENCIA DE GESTION, para responder acerca del retardo en las consignaciones y presuntos cobros dobles en la persona del obligado, sin embargo de las actas del proceso pudo observarse que las resultas del exhorto de citación no han sido devueltas y por tanto se encuentra ese procedimiento en suspenso hasta que la citación comisionada se practique; en consecuencia dicho punto sea diferido hasta la comparecencia de la referida funcionaria.
B) En relación al segundo.....