Por las anteriores razones de hecho y derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana: NINI JOHANA RAMÍREZ CÁRDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.791.365, contra el ciudadano: OSCAR ENRIQUE DELGADO CORREA a favor del niño KHIEROLL JOHENRRY DELGADO RAMIREZ y decide:
PRIMERO: Se establece como obligación de manutención la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.400,oo) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de Agosto de cada año el doble de la obligación de manutención, es decir; la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs.800,oo) a fin de cubrir gastos de útiles escolares.
TERCERO: Se establece para el mes de diciembre de cada año el doble de la obligación de manut.....