PUNTO PREVIO: este operador de justicia decide PARCIALMENNTE CON LUGAR en cuanto a lo solicitado por la defensa técnica del presente caso en el escrito presentado por la defensora pública ABG. MARITZA VALERO GONZALEZ, el día de hoy dieciséis (16) de febrero de 2016: 1) DECLARARLA SIN LUGAR La Solicitud de Desestimación De La Acusación; por cuanto en el acto conclusivo se reúnen los requisitos necesarios para conformar la acusación penal, 2) SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA; declararlo sin lugar ya que en el presente caso no se puede hablar de extinción de la acción penal, de la no punibilidad del hecho y de no haberse producido el hecho penal lo cual trae como consecuencia la no procedibilidad de declarar con lugar un sobreseimiento definitivo de la causa, 3) APRUEBA EL PRINCIPIO DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA, 4) Admite Las pruebas testimoniales presentadas por la defensa técnica de la presente causa tales como son: los testimonios de los ciudadanos R.A.D.,y N.E.U.R.,, plenament.....