Visto el acuerdo realizado por las partes, el Tribunal lo HOMOLOGA de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dá por concluída la causa y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no conste en autos el cumplimiento total de la obligación. Terminó, se leyó y conformes firman