Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana YAIRES ELENA ALVIAREZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-6.220.718, domiciliada en Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de las adolescentes (omitido mpor art.65 LOPNA), contra el ciudadano VICTOR JULIO GUTIERREZ ASCANIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-13.792.055, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para los adolescentes (omitido por art.65 LOPNA), la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) mensuales, la cual deberá s.....