Ahora bien, observa esta Juzgadora que los hijos COLMENARES LINYMAR y LABRADOR COLMENARES WULFREDO ALEJANDRO, son los Únicos y Universales herederos de la referida causante, y por cuanto no hay oposición a dicha solicitud, dejando a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, esta Jueza Unipersonal Nro. 05 de la Sala de Juicio del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta EVANGELINA COLMENARES; a sus hijos COLMENARES LINYMAR y LABRADOR COLMENARES WULFREDO ALEJANDRO, venezolanos, con cédulas de identidad Nros. V-20.426.127 y V-25.024.184 respectivamente, las cuales rielan en copia en el presente expediente.
Devuélvase a los interesados originales de las actuaciones y déjese copia certificada de las m.....