Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por Resolución de Contrato de Venta, fue interpuesta por la abogado SORAYA YASMIRA CAMARGO MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nos. V.- 10.743.218, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.116, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano GERARDO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.332.475, domiciliado en Sector Quebrada de San José, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, contra el ciudadano ALDEMAR DEL CARMEN SOCORRO DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.613.781, casado, gana.....