En el día de hoy, 16 de Junio de dos mil seis, siendo las diez de la mañana, día y hora fijado para la realización del ACTO CONCILIATORIO, comparecen por ante este Despacho los ciudadanos: YNGRID COROMOTO DUQUE COSTERO Y LUIS ALBERTO MOROS CHACON, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-10.166.484 y V-9.210.335 demandante-demandado y padre del adolescente: (Identidad omitida por disposición de la LOPNA). La Juez los impuso del motivo de su comparecencia y se procedió a la realización de dicho acto.- Después de una conversación con el demandado de autos, solicito el derecho de palabra y cedido como le fue, expuso: "Ofrezco como pensión Alimentaria para mi hijo la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales, para la época escolar en el mes de Septiembre una cuota igual y adicional de CIEN MIL BOLIVARES (BS 100.000,00) y para Diciembre, adicional CIEN MIL BOLIVARES (BS 100.000,00) para gastos de Navidad, solicito que se apertura una.....