Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: DESESTIMA LA CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano ALBERT ALEXIS OJEDA FERRER, quien dice ser de nacionalidad venezolano, natural de Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, nacido en fecha 23 de septiembre de 1.989, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 19.521.727, hijo de ,María Guadalupe Ferrer (v) y de Pedro Jesús Ojeda (v), soltero, de profesión u oficio estudiante, con domicilio en Sector 3 Esquinas, aldea Moretón, Casa sin numero, de bahareque, cerca de la cancha de futbol del sector Moretón, Rubio, Municipio Junín Estado Táchira, teléfono No. 0416-0750463, a quien el Ministerio Público le imputa presuntamente la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Sobre Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de niña, (se omite nombre por razones de ley), por no encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánic.....