Por las anteriores razones y consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: BERYURIS LISBETH VILLARREAL ROA y SIMÓN ALEXIS CARRERO ROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 20.060.048 y V- 17.492.691, respectivamente, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide: PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: BERYURIS LISBETH VILLARREAL ROA y SIMÓN ALEXIS CARRERO ROA, en fecha 16 de octubre de 2009, por ante el Registro Civil del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira. Según acta de matrimonio Nro. 79. Y así se declara.
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