acuerda modificar las medidas cautelares impuestas en fecha 14 de junio de 2008 al ciudadano Víctor José Cardona, dejando sin efecto los fiadores exigidos, manteniéndose vigente los numerales 3 y 6 del artículo 256 eiusdem. Todo conforme a lo previsto en los artículos 263, 264 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente.