Con base a los razonamientos expuestos, es Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Sin Lugar la solicitud de la Defensa Pública de la revocación o sustitución en la medida judicial de privación privativa de libertad por una menos gravosas recaída sobre el ciudadano CARLOS EDUARDO LIENDO PEREZ, todo por estar vigente las circunstancias que motivaron la medida cautelar y conforme a los artículos 250 y 264 ambos del Código Orgánica Procesal Penal.