este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las diligencias realizadas por los ciudadanos VILLAVICENCIO SANDOVAL y SARA RAQUEL GARCIA DE SANDOVAL, para asegurarle sus derechos sobre un lote de terreno, con un área aproximada de (120) metros cuadrados aproximadamente, cuyo lote de terreno mide (14) metros cuadrados, por (25) metros cuadrados de fondo, ubicado en Canía Grande, Aldea Bermúdez, jurisdicción del Municipio Libertad del Distrito Capacho, Estado Táchira, alinderado así: NORTE: con parte que es o fue de Pedro Jímenez. ESTE: Parte que es o fue de Andrés Libre Mogollón y OESTE: Camino Nacional. Según documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Capacho del Estado Táchira, en fecha 26 de Octubre de 1.987, bajo el N° 47, Tomo 2, folios 67 y 68, Protocolo Primero. Dichas mejoras tienen un valor aproximado de VEINTICINCO MILLONES DE BOLIVARES.....