Se dictó decisión de conformidad con el del artículo 401 del Código de Procedimiento Civil, que autoriza al Juez para ordenar de oficio la práctica de todas las diligencias que juzgue necesarias sobre algún hecho que aparezca dudoso u obscuro, en consecuencia insta a la solicitante, ciudadana ANTONIA MENDOZA PEREZ a que presente documentos que acrediten los siguientes hechos: a) Acta de matrimonio de la solicitante y del ciudadano PERFECTO ANTONIO VICENT, Constancia de Unión Concubinaria de la solicitante y el ciudadano HERMOGENES MARTINEZ. Asimismo, este Tribunal solicita los datos filiatorios de la solicitante ciudadana ANTONIA MENDOZA PEREZ, por lo cual ordena oficiar al SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME), para lo cual se le otorga a la parte un plazo de veinte (20) días de despacho siguientes al presente dictamen. Así se establece.