PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00), suma que la parte demandada paga por concepto de bonificación especial a título indemnizatorio, pues ambas partes convienen en la no existencia de relación laboral, cantidad que será pagada en dos cuotas por la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,00) cada una, la primera el día 17 de diciembre de 2010 y la segunda el día 17 de febrero de 2011 pagos que serán efectuados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de esta Coordinación Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por concepto de indemnizaciones por el accidente sufrido por el demandante, quedando la demandada liberada de toda responsabilidad laboral, civil, penal y por daño moral y material. Es.....