Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos GILBERTO ANTONIO MORALES PÉREZ, SERGIA YOLANDA MORALES PÉREZ, RAMÓN ISABELINO MORALES PÉREZ y VICTORIA DEL CARMEN MORALES DE ZAMBRANO, cédula de identidad Números V.-5.346.719, V.-5.343.929, V.-9.338.376 y V.-5.347.841. la cualidad de Únicos y Universales Herederos de quien en vida respondiera al nombre de GREGORIO MANUEL MORALES PÉREZ, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.347.842, fallecido según consta en Acta de defunción N° 009, de fecha 01 de Marzo de 2021, expedida en el Registro Civil del Municipio José María Vargas, con vocación hereditar.....