Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por el ciudadano RUBEN DARIO MAYORA MAYORA, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre una bienhechurías de uso comercial constituida por un GALPON de un nivel de altura, edificadas a sus solas y únicas expensas en un lote de terreno que es propiedad del Municipio, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicado en la Avenida Principal del Sector Catamare, casa s/n, Jurisdicción de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas, del estado Vargas; vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas ES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO VARGAS, por lo que habiendo constancia en autos, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen al mismo y .....