Por las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto en fecha 26 de noviembre del 2003, por la Abogada Nancy Lacruz Gutiérrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 24.477, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto proferido por el Juzgado Primero de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 25 de noviembre de 2003.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA en costas dada la naturaleza de la acción.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Bájese el expediente en la oportunidad de ley.
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