En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA el Beneficio de de la formula alternativa de cumplimiento de Destacamento de Trabajo, concedido a favor del ciudadano: MARCO ÁNTONIO DOLORES VALDÉS, titular del Pasaporte Nº V- 02410027493, plenamente identificado en autos, en virtud que el penado de autos ha incumplido reiteradamente el régimen de presentaciones en el Centro de pernotas "Dr. Francisco Canestri" y por ende, no ha cumplido con los extremos legales exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que permite a este Juzgador revocar la medida señalada ut supra.