éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano LUIS ALBERTO CASTRO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.116.905, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-233-2017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los diecisiete (17) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZA,
ABG. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,
ABG. NEYLA.....