procedo a INHIBIRME DE SEGUIR CONOCIENDO DE LA PRESENTE CAUSA SP11-P-2008-004288 en donde aparece como acusado el ciudadano JOSE TOBIAS BARON RODRIGUEZ, de nacionalidad Colombiano, mayor de edad, natural de Paipa , Departamento Pipa Boyaca, nacido en fecha 11 de marzo de 1970, de 38 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 74.324.151 , hijo de José Efraín Barón (V) y de Agerita Rodríguez (V), de profesión u oficio Conductor, residenciado en Pipa, Barrio Los Rosales, calle 25, N° 24A -18, cerca del Terminal antiguo, Teléfono. 7852223, en la presunta comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 4 numeral 16 de la Ley sobre el Delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano.
El motivo de dicha inhibición es debido a que tuve conocimiento que en el presente asunto penal, que quien figura como codefensor del imputado JOSE TOBIAS BARON RODRIGUEZ; la abogada MARIA ALEJANDRA QUINTERO, quien es mi hija, por lo cual; acogiéndome en lo .....