HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO REALIZADO ANTE LA DEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE EL MUNICIPIO PANAMERICANO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, IMPARTIÉNDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA,Queda fijada la Obligación de Manutención a favor de las niña (xxxxxxxxxxxx), respectivamente, en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 400,00), los cuales pasará en forma quincenal la suma de DOSCIENTOS BOLÍVARES QUINCENALES (Bs. 200,oo) de igual forma acuerdan establecer dos bonos por igual cantidad para los meses de septiembre y diciembre que cubrirán gastos relacionados con gastos escolares y decembrinos, en cuanto a los demás derivados de ropa, zapatos, medicinas y otros serán compartidos en un 50% por cada progenitor. Dicho monto se aumentara anualmente así como los bonos especiales de acuerdo a los índices de inflación que emita el banco central de Venezuela