Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano WILMER SANCHEZ ACEVEDO, quien manifestó: "ofrezco aumentar la obligación de manutención en ciento cincuenta (150Bs.) para un total de cuatrocientos cincuenta (450 Bs.) mensuales, mantener el beneficio de útiles escolares de quinientos (500bs) mas los tickets de útiles escolares que recibo por ser funcionario, y ofrezco incrementar trecientos (300 Bs.) a la bonificación de fin de año para un total de ochocientos (800 Bs.). Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana NEIRA TIBISAY CAICEDO PANTALEON, quien manifestó: "estoy de acuerdo con lo ofrecido por el padre de mi hijo". Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URD.....