El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta a través de diligencia por la represtación de la parte presuntamente quejosa en fecha siete (07) de enero de 2014 contra la decisión proferida por el a quo en sede constitucional el dieciocho (18) de diciembre del año 2013 en la que dictaminó sin lugar la pretensión de tutela constitucional interpuesta contra sentencia dictada el día nueve (09) de julio de 2013 por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira emitida el dieciocho (18) de diciembre del año 2013, en el sentido que se declara IMPROCEDENTE "in limite litis" la pretensión de tutela constitucion.....