Por todos los razonamientos antes esgrimidos; este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: UNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE PENA de: DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES de prisión más las accesorias de ley establecidas en el artículo 66 ordinales 2° y 3° de la ley Especial de Género en concordancia con el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de: ABUSO SEXUAL A NIÑA previsto y sancionado en el Encabezamiento del articulo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la agravante genérica consagrada en el articulo 217 ejusdem, en perjuicio de la niña: M.A.C.R cuya identidad se omite conforme a lo previsto en el parágrafo segundo del a.....