ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO MIXTO NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Primero: DECLARA POR UNANIMIDAD CULPABLE al ciudadano URIEL ORTIZ TRIGOS, de nacionalidad venezolana, natural de La Playa, Norte de Santander, República de Colombia, titular de la cédula de identidad Nº V-22.632.172, nacido en fecha 28 de agosto de 1973, de 33 años de edad, de profesión u oficio agricultor, con cuarto grado de instrucción primaria, hijo de Carmelo Ortiz (f) y de Elida Trigos (f), residenciado en La Grita, Quebrada San José, Finca el Ramizal, propiedad del señor Amable Ramírez, Estado Táchira, por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en agravio del ciudadano Eiker Donaldo Peluffo Castillo. Segundo: CONDENA al ciudadano URIEL ORTIZ TRIGOS, a cumplir la pena de DOS (.....