III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 05 de marzo de 2008, por el apoderado judicial de la parte demandada abogado Juan Agustín Ramírez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 71.471, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución el Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 29 de febrero de 2008.
SEGUNDO: Se ANULA la decisión apelada.
TERCERO: Se REPONE la causa al estado de continuar con la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Publíquese, regístrese y bá.....