PRIMERO: CONTRADICHA la demanda intentada por el ciudadano JOSÉ ARMANDO OSORIO MARQUINA en contra del CONSEJO NACIONAL ELÉCTORAL, OFICINA REGIONAL TÁCHIRA,, en cuanto sea procedente sus peticiones y no sea contraria a derecho, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSÉ ARMANDO OSORIO MARQUINA, en contra del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, OFICINA REGIONAL TÁCHIRA