DECLARA:
PRIMERO: La Confesión Ficta del ciudadano JHONNY MELO CAMPEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-17.816.195 domiciliado en el Barrio Juan de Dios Muñoz, de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana BHERTA YERMITH RENALS HERNANDEZ, madre de la niña (se omite el nombre), en contra del ciudadano JHONNY MELO CAMPEROS, todos ya suficientemente identificados en la presente decisión.
TERCERO: Se fija la Obligación de Manutención que el ciudadano JHONNY MELO CAMPEROS, debe aportar a favor de su hija, la niña (se omite el nombre), en la cantidad de Doscientos Bolívares Fuertes (Bs.F 200,oo) mensuales y en el mes de diciembre una cuota extra por la cantidad de Doscientos Bolívares Fuertes (Bs.F 200,oo) para gastos de navidad, las cuales serán depositadas por el obligado dentro de los primeros cinco (05) días de.....