"...PRIMERO: El ciudadano YOVAN EMIRO BAYONA CACERES, manifestó que dará por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de Bs. 550,oo quincenal a una cuenta que se ordenará aperturar por este tribunal. SEGUNDO: Los gastos por concepto de útiles escolares serán compartidos, es decir, 50% para cada padre. TERCERO: Los gastos extras del mes de diciembre, serán compartidos, es decir, 50% para cada padre. CUARTO: Los gastos médicos, de medicinas entre otros serán compartidos, es decir, 50% para cada padre".
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN..."