Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario
y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción
Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio por mutuo
consentimiento presentado por los ciudadanos: JESUS ALONSO PERNIA CONTRERAS Y
MALBIS SALAS DE PERNIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de
identidad N° V-18.420.598 y V-19.802.760, debidamente asistidos por el abogado JESUS
ALBERTO MORA PEREIRA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 136.930, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil en concordancia con la
sentencia N° 693 de fecha 02 de Junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia , en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal
contraído entre JESUS ALONSO PERNIA CONTRERAS Y MALBIS SALAS DE PER.....