Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de la MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS en contra del acto administrativo contenido PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 05-2024, dictada en fecha 21 de febrero del año 2024, signado con el expediente Nº 036-2023-01-00026, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, incoado por el ciudadano ODILIO MILANO CASTILLO, en contra de la Entidad de Trabajo GOBERNACION DEL ESTADO LA GUAIRA (Dirección de Tecnología); mediante la cual declaró SIN LUGAR el Reenganche del Trabajador, antes mencionado. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.