es por lo que este JUEZ UNIPERSONAL TEMPORAL Nº 1 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad lo establecido en los artículos 5, 8, 365, 369 Y 373 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 76 de la Constitución Nacional, Declara CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA a favor de las Adolescentes GRECIA ROXANNNETH Y YUSBETH KATTERINTH AMOROCHO MEJIAS de 16 y 14 años de edad, respectivamente, formulada por la ciudadana BELKYS CECILIA MEJIAS ABRIL en contra del ciudadano VALDEMAR AMOROCHO SERRANO y SIN LUGAR EL INCUMPLIMIENTO SOLICITADO. En consecuencia, se Aumenta la misma en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,oo) mensuales y la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) en el mes de Agosto y CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) en e.....