Primero: Revisa la Medida Privativa de Libertad, impuesta en fecha 09 de Enero del año 2.011, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control número Uno de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, al adolescente (OMITIDO POR DISPOSICIÓN LEGAL); por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, tipificado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal; RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal, ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, ACTOS LASCIVOS, previsto en el artículo 376 del Código Penal, y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Declara con lugar la solicitud de la defensa y sustituye la medida privativ.....