DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, quien suscribe en mi carácter de Juez Presidente de la Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ADMITE y DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la ABG. ARBELY CAROLINA AVELLANEDA MORALES, en su carácter de Juez Suplente de esta Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, presentó acta de inhibición en la incidencia signada con la nomenclatura alfanumérica PROVISIONAL 765-2022, seguida a los ciudadanos GUSTAVO JOSE AVENDAÑO BURGUERA, titular de la cedula de identidad N° 3.658.720 y PATRICIA ISABEL MONILLOR, titular de la cedula de identidad N° 6.240.650, por la presunta comisión de los delitos de por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA, previsto y sancionado en el articulo 462 en relación con.....