este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS y DE BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los cónyuges JOSE MIGUEL DUQUE DUQUE Y DANETZIS CAROLINA AREVALO RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18257623 y V-19.170,038, respectivamente, domiciliados en Cordero, Municipio Andrés Bello Estado Táchira, asistidos por el(a) abogado(a) JANICE PIRELA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 112.376, los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación de cuerpos y de bienes. EXPÍDASE LAS FOTOCOPIAS CERTIFICADAS SOLICITADAS, PARA LO CUAL SE INSTA A LA PARTE A CONSIGNARLAS LAS RESPECTIVAS FOTOCOPIAS A LOS FINES DE SU CERTIFICACION. LA JUEZ TITULAR (FDO) ABG. LUISA MEDINA. LA SECRETARIA FDO. ABG. MARISOL MALDONADO. ESTA EL SEL.....