PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 21 de julio de 2011 por la codemandada Consuelo Xiomara Zambrano Jara, asistida por la abogada Hungría Karina Cárdenas Chacón.
SEGUNDO: CONFIRMA con distinta motivación la decisión de fecha 14 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, transcrita en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, condena en costas a la parte codemandada apelante.