Por las motivaciones de hecho, de derecho y jurisprudenciales antes expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Primera Instancia conforme a la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto presentada por el ciudadano EDUYN ANTONIO DEPABLOS WALDO en contra de la ciudadana AMAILE YEANDRY PARADA BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares en su orden de la cédula de identidad No.V-16.410.670 y No.V-17.502.957.
SEGUNDO: En consecuencia, queda Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído entre los identificados ciudadanos EDUYN ANTONIO DEPABLOS WALDO y AMAILE YEANDRY PARADA BERMUDEZ, conforme Acta de Matrim.....