Por lo tanto, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, de conformidad con el artículo 124 ejusdem, declara INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA y en consecuencia se entiende EXTINGUIDO EL PROCESO, seguido por el ciudadano JOSE DARIO ZAMBRANO CORZO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V-7.092.473, en contra Sociedad Mercantil INVERSIONES GONCOL S.A, Inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Táchira, bajo el N° 10, Tomo 44-A de fecha 29 de diciembre de 1985, representa por el ciudadano EMMA LUCIA COLMENARES DE GÓNZALEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula N° V-1.557.145, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, Y OTROS DERECHOS LABORALES. Así se decide.
PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando ju.....