DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, de la norma transcrita y los Criterios Jurisprudenciales señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la acción de Derecho de Permanencia intentada por ALFREDO ROJAS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.086.972, domiciliado en el sitio denominado Campo Solo del Sector Las Tiendas, Municipio Samuel Dario Maldonado, Estado Táchira contra los ciudadanos MARÍA RAMONA HERNÁNDEZ de ROJAS, JOSÉ ROBERTO HERNÁNDEZ O JOSÉ ROBERTO ROJAS HERNÁNDEZ, MAURO JOSÉ ROJAS HERNÁNDEZ, FRANCISCO ROJAS HERNÁNDEZ Y MARÍA ISABEL ROJAS HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V- 4.472.186, V- 2.284.715, V- 8.080.855, V- 4.472.181, V- 3.001......