Por todos los razonamientos antes expuestos el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en funciones de Tribunal de Protección de Niño, Niña y Adolescente, en uso constitucional de la potestad ciudadana de administrador de Justicia conforme al artículo 253 de la Constitución impartiéndola en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud de Cumplimiento de Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana LUZ MARINA ANGARITA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.578.533, domiciliada en San Félix, vía Panamericana, sector los Kioscos, específicamente kiosco La Virgen Jurisdicción del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando con el carácter de Madre de los niños ..., en contra del ciudadano ALEJANDRO RAMÍREZ ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.886.381, .....