DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano JESUS CELESTINO OSORIO GARCIA, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Así mismo se ordena la aplicación del procedimiento ordinario de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 280 en relación con el último aparte del artículo 373 ejusdem.