Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede laboral, DECLARA:
ÚNICO: LA PRESCRIPCIÓN DE LA PRETENSIÓN LABORAL y como consecuencia de ello, DESECHADA LA DEMANDA instaurada por la ciudadana MARÍA ELENA ARELLANO DE GARCÍA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-9.332.094 y domiciliada en la Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, en su carácter de TRABAJADORA, contra la sociedad mercantil SNACKS AMÉRICA LATINA VENEZUELA, S.R.L., (antes denominada SAVOY BRANDS VENEZUELA, S.R.L.), domiciliada en la ciudad de Caracas e inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 28 de agosto de 1964, bajo el N° 80, tomo 31-A, con posteriores modificaciones, en su carácter d.....