DECISIÓN
Con base en los argumentos y razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circuns-cripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
ÚNICO: RECHAZA POR MANIFIESTAMENTE IMPROCEDENTE la solici-tud de la defensa de la penada JUDITH CAROLINA ROA MARQUEZ, identi-ficada supra, para el otorgamiento del beneficio de AUTORIZACIÓN PARA TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO a dicha pena-da, con base en lo dispuesto por los artículos 493 y 510, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Trasládese a la penada para su notifica-ción personal. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archi-vo del Tribunal.
Cúmplase.