ÚNICO: Declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Wilman Alexander Orozco Gómez, en fecha 07 de noviembre del año 2024 –según consta en sello de alguacilazgo-, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en fecha 23 de octubre de 2024, mediante la cual declaró el sobreseimiento de la causa signada bajo el número SP21-P-2023-00872, por falta de legitimidad según lo establecido en el literal a del artículo 428, en concordancia con los artículos 423, 424 y 426, todos del Código Orgánico Procesal Penal.