este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano: RODOLFO URIBE TORRES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nr. 13.148.195 y residenciado en l San Josecito, Municipio Tórbes, Sector E, Calle Venezuela, casa sin número, Barrio Pedro Humberto Duque, Estado Táchira, por el delito de: LESIONES PERSONALES CULPOSAS y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 422 y 477 del Código Penal, en perjuicio de RENNY JONATHAN OJEDA CARRILLO, y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo.....