Se DECLARA INADMISIBLE la demanda de Deslinde Judicial, interpuesta por la ciudadana LUZ MARY PÉREZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Libertad y titular de la cédula de identidad número V-12.252.522, asistida por el abogado JOSÉ ALEXANDER MOLINA PERNÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.090.