En este estado el Tribunal declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el crédito que mantiene el Consorcio Ayari con la empresa demandada en autos, en consecuencia declara su DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con el Articulo 536 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena en este acto a la Notificada realizar los trámites necesarios, a los fines de que se gire el cheque de gerencia a nombre del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES, (Bs. 2.465.000,00), para lo cual dispone de un lapso de tres (03) días hábiles, debiendo remitir el mismo a este Tribunal Ejecutor...