PRIMERO: Se Aumenta la Obligación Alimentaría la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES, ( Bs. 300.000,oo) mensuales y como cuota extraordinaria para los meses de diciembre se fija la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES ( Bs. 300.000,oo), debiendo ser consignada en dichos meses como Pensión Alimentaría el doble de la cantidad fijada, esto es SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES ( Bs. 600.000,oo).
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que se encuentra aperturada en el Banco de Fomento Regional los Andes de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, a nombre de los hermanos SANCHEZ DUQUE, quienes serán representados por su legitima madre ciudadana: DUQUE AVENDAÑO ANA SOCORRO, antes identificada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de La Grita, a l.....